jueves, 20 de septiembre de 2007

Ve improcedente cobro contribución 10% a UNR viejos

Mary Esther Campusano

SANTO DOMINGO- La Asociación de Industrias declaró que es improcedente el cobro de una contribución del 10% a los Usuarios No Regulados (UNR), y argumentó en la no retractividad de las leyes.

Planteó que la contribución no puede ser cobrado a los UNR que actualmente gozan de esa condición porque la Ley 186-07 que modificó la Ley General de Electricidad lo señala expresamente y no solamente por el argumento jurídico de que las leyes no tienen efecto retroactivo.

El presidente de la AIRD, Manuel Diez Cabral, informó que esa entidad solicitó a sus asesores legales realizar un análisis jurídico de la Ley 186-07, y estos llegaron a la conclusión de que la disposición es clara en cuanto a que sólo aplica a los usuarios no regulados que sean autorizados con posterioridad de a la ley.

Diez destacó que el texto del artículo 5 de la Ley 186-07 que modificó el párrafo II del artículo 108 de la Ley General de Electricidad 125-01 dispone expresamente: “Los usuarios que sean autorizados para ejercer la condición de usuario no regulado deberán pagar una contribución por servicio técnico del sistema equivalente al diez por ciento (10%) del precio de energía y potencia contratado...”

“Sin bien entendemos que esta contribución no debe aplicarse a las usuarios no regulados que ya gozan de esa condición porque cambiaría las reglas de juego a muchas empresas e inversiones industriales que se han realizado en el país sobre la base de un costo de energía que no contemplaba el pago de ese 10%, lo que afectaría la seguridad jurídica de las mismas, no cabe duda de que pretender cobrar ese 10% a los actuales UNR constituiría una flagrante violación a la Ley” La AIRD reclamó al Superintendente de Electricidad que cumpla La Ley General de Electricidad en todos sus aspectos y que asuma su rol como ente regulador del sector eléctrico, evitando perjudicar a los sectores productivos del país que se encuentra en una situación precaria de competencia con relación a las otras naciones que forman parte del DRCAFTA.

“Por ahora, la condición de Usuario No Regulado es la única vía que tenemos las empresas industriales para reducir nuestros costos energéticos y poder competir mejor en los mercados internacionales”, señaló.

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